Limpiar filtros

EDITORIAL

Inicio / últimos artículos ingresados

mayo  16, 2024

(5411) 4371-2806

EDITORIAL Volver >

Relanzamiento del Suplemento de Edición Santa Fe en el elDial.com

Citar: elDial.com - CC41AF

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

Texto Completo

Relanzamiento del Suplemento de Edición Santa Fe en el elDial.com 

Por Alejandro Alberto Fiorenza

Mi intención en esta Editorial no es agobiar a los lectores con agradecimientos interminables y proyectos futuros. Mi objetivo, simplemente, es dar la bienvenida a los abogados tanto santafesinos como del resto del país a este relanzamiento del suplemento Santa Fe de elDial.com y brindarles -asimismo- una pequeña introducción al contenido de esta primera edición; esperando desde ya que nos sigan en cada una de las ulteriores emisiones (que por el momento serán trimestrales), de modo tal que se convierta este suplemento en un verdadero referente a la hora de encontrar doctrina y jurisprudencia local de alto vuelo.-

 

Pasando, pues, a lo importante, puedo adelantar que en esta primera edición del suplemento contamos con dos artículos de doctrina y seis fallos judiciales, uno de ellos -además- comentado.-

Con relación a los trabajos doctrinarios, tratan los mismos principalmente de cuestiones vinculadas al nuevo Código Civil y Comercial y a ciertas consecuencias que el mismo trae aparejadas en estos días.-

 

Así, el primero de ellos, autoría del Dr. Néstor García (reconocido magistrado de la ciudad de Rosario), se ocupa de un tema muy discutido en estos días como es el referido al tratamiento que debe darse al fuero de atracción en materia sucesoria en el caso de las acciones personales de los acreedores del causante, con anterioridad a la división de la herencia.-

 

El otro trabajo, que es de mi producción, trata básicamente de los efectos que puede traer sobre ciertos órganos judiciales provinciales la unificación de la responsabilidad civil operada en el nuevo derecho privado argentino, concretamente sobre los Tribunales Colegiados de Responsabilidad Extracontractual asentados en las ciudades de Santa Fe y Rosario.-

 

Luego ponemos a su disposición una selección de fallos judiciales, que en contraposición a lo que ocurre quizás con los artículos de doctrina, son más bien heterogéneos, puesto que en su mayoría corresponden a órganos judiciales con diferente competencia, tanto material como funcional.-

 

En primer término, encontramos una sentencia dictada por un Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, en el que se dilucida un tema de tanta trascendencia como lo es el derecho a la salud, y dentro del mismo todo el cúmulo de derechos que han sido consagrados en el último tiempo a partir de la sanción de la Ley de Fertilización Asistida.-

 

Siguiendo dentro del fuero Civil y Comercial, incluimos también dos fallos de Cámara, uno de Rosario y otro de Santa Fe.-

 

El de Rosario pertenece a la Sala Tercera, y en el mismo se analizan algunos de los requisitos de admisibilidad y procedencia de un recurso que, aunque no esté regulado en el código de rito provincial, con el tiempo ciertamente se ha ganado un lugar entre los medios de impugnación más utilizados en el quehacer tribunalicio diario. Estoy hablando de la reposición o revocatoria “in extremis”.-

 

Por otra parte, el de Santa Fe, que pertenece a la Sala Primera, se ocupa de una cuestión de suma actualidad como lo es el tratamiento que los Tribunales deben darle a los divorcios que, a pesar de estar fundados en causales subjetivas (hoy eliminadas del nuevo Código Civil y Comercial), aún se encuentran en trámite por ante la justicia; especialmente cuando la causa tramita ante la Alzada y en primera instancia, y bajo el régimen del Código Civil velezano, ya se ha dictado sentencia.-

 

En lo que respecta al fuero laboral, trajimos una resolución dictada por la Cámara Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto, en la que se declara la nulidad de la sentencia dictada luego de un procedimiento de pronto pago debido a que durante el trámite de aquél no se le corrió el correspondiente traslado a la demandada, es decir, que no fue el mismo debidamente sustanciado como lo requiere el Código Procesal Laboral de la provincia.-

 

Luego, como no podía ser de otra manera, les acercamos a los ciberlectores un fallo perteneciente al fuero penal, aunque dictado -en esta oportunidad- por la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe; en el cual se analiza la constitucionalidad de una serie de exclusiones que al beneficio de libertad condicional establece el Código Penal en su art. 14. Lo cual resulta sumamente interesante si se tiene en cuenta el diferente punto de vista manifestado en el resolutorio por el Dr. Erbetta -por un lado- y por el resto de la Corte -por el otro-.-

 

Por último, cuenta esta edición del suplemento que desde ahora se encuentra bajo mi dirección, con un fallo de la Corte Suprema de Justicia santafesina, relativo a cuestiones que son más bien propias del derecho tributario y del procedimiento administrativo; que cuenta -además- con el comentario de un abogado rosarino especialista en estas cuestiones como lo es el Dr. Facundo Petrocelli, miembro del prestigioso estudio jurídico de Loredo.-

 

Habiendo ya terminado con esta introducción, no puedo dejar de agradecer no sólo a los colaboradores de este primer número que se larga a andar bajo mi dirección, por su inmensa contribución, sino también a Romina Lozano, Martín Granero y Mariángeles Alocco, y el resto de los que forman parte de elDial.com por la gran oportunidad que me han dado y por la invaluable ayuda que me han brindado.-

 

Espero, pues, que esta nueva versión del Suplemento resulte de vuestro agrado e interés y que no duden en acercarme sus inquietudes, críticas y sugerencias, ya que las mismas serán siempre bien recibidas; al igual que todos aquellos que estén interesados en formar parte del relanzamiento de este espacio con el que cuentan no sólo los operadores jurídicos santafesinos, sino también los de todo el resto país, porque es innegable la importancia e influencia que sobre el pensamiento jurídico argentino tiene nuestra provincia.-

 

 

Citar: elDial.com - CC41AF

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

¿PROBASTE NUESTROS SERVICIOS?

Formá parte de elDial.com y obtené acceso a novedades jurídicas, nuevos fallos y sentencias, miles de modelos de escritos, doctrinas y legislación actualizada. Además, con tu suscripción accedes a muchos beneficios y descuentos en las mejores editoriales, libros y cursos.